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Home›Noticias›Aprueba IEPC la modificación al Calendario del Proceso Electoral Local Ordinario 2021

Aprueba IEPC la modificación al Calendario del Proceso Electoral Local Ordinario 2021

By Diseñador Agencia Sur
diciembre 22, 2020
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· Los ajustes al calendario electoral derivan de la resolución emitida por la SCJN que invalidó la LIPEECH, por lo que recobra vigencia jurídica el Código de Elecciones y Participación Ciudadana.

· El inicio del Proceso Electoral Local Ordinario tendrá verificativo el próximo 10 de enero de 2021.

El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó la modificación al Calendario del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, para las elecciones de Diputaciones Locales y miembros de Ayuntamiento. Lo anterior derivado de la resolución de la acción de inconstitucionalidad 158/2020 emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 03 de diciembre de este año, que invalidó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas (LIPEECH) y la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, aprobadas por el H. Congreso local el pasado mes de junio mediante los Decretos 235 y 237, dando lugar a que el Código de Elecciones y Participación Ciudadana recobre vigencia jurídica.

Al respecto, el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas señaló que, los ajustes planteados son mínimos, pues las actividades sustanciales del proceso permanecen como ya se tenía establecido. Explicó que siempre hubo certeza de las actividades del proceso electoral, aún con la reviviscencia del Código de Elecciones, pero con estas modificaciones se da claridad a los diferentes actores involucrados en el venidero Proceso Electoral, precisando las fechas en las que habrán de llevarse a cabo las actividades que comprende cada una de las etapas.

Dentro de las fechas relevantes destacan:

· Escrito de intención para participar en Candidaturas Independientes: del 01 de diciembre de 2020 al 08 de enero de 2021.

· Registro de Candidaturas Comunes y Convenios de Coalición: del 06 al 22 de enero de 2021.

·  Procedencia de manifestación de intención de aspirantes a Candidaturas Independientes: del 09 al 14 de enero de 2021.

· Inicio del Proceso Electoral Local Ordinario 2021: 10 de enero de 2021.

· Periodo para recabar apoyo ciudadano requerido a candidatos/as independientes: del 19 de enero al 12 de febrero.

· Periodo de Precampañas        22 al 31 de enero de 2021.

· Fecha límite para separación del cargo para quienes ocupen cargos de elección popular, o tienen empleo, cargo o comisión en el gobierno federal, estatal o municipal o en órganos autónomos federales o locales, y pretendan postularse a candidatura alguna diferente a la reelección y a diputación; así como aquellos servidores públicos electos popularmente que pretendan ser miembros de Ayuntamiento (120 días antes de la jornada electoral): 06 de febrero de 2021.

· Fecha límite de separación del cargo para quienes busquen la reelección pasa de 120 a 90 días antes de la elección, es decir al 08 de marzo de 2021.

· Instalación de los Consejos Distritales y Municipales: 03 de marzo de 2021.

· Fecha límite de separación del cargo para quienes que ocupen cargos de elección popular y pretendan postularse a diputaciones sin ser reelección (90 días antes de la jornada electoral): al 09 de marzo de 2021.

· Periodo de campañas: del 04 de mayo al 02 de junio de 2021.

· Jornada Electoral: 06 de junio de 2021.

El pleno también aprobó la modificación a los Lineamientos para el registro de Candidaturas Independientes a los cargos de diputaciones por mayoría relativa y Miembros de Ayuntamiento de la entidad para el Proceso Electoral Local 2021, aprobados mediante acuerdo IEPC/CG-A/036/2020. Dichos Lineamientos tienen por objeto regular el proceso de selección de quienes aspiren a ser registrados como Candidatos y Candidatas independientes y en su caso, aquellos que obtengan tal calidad, de conformidad con lo establecido en el Código de Elecciones y Participación Ciudadana.

Con lo anterior, quienes aspiren a una Diputación mediante una candidatura independiente, solo necesitarán el apoyo ciudadano de 2% de a lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en cuestión; mientras que, para integrantes de Ayuntamientos queda de la siguiente forma:

·En municipios con población de hasta 10 mil electores: 3% de la lista nominal.

·En municipios con población de 10 mil uno hasta 30 mil electores, 2.5% de la lista nominal

· En municipios con población de 30 mil uno hasta 50 mil electores, 2% de la lista nominal.

· En municipios con población de 50 mil uno hasta 100 mil electores, 1.5% de la lista nominal.

· En municipios con población de 100 mil uno hacia adelante el equivalente al 1% de la lista nominal.

Asimismo, se aprobó modificar la Convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en postularse como candidatas y candidatos independientes a los cargos de diputaciones o miembros de Ayuntamiento, así como los topes de gastos de apoyo ciudadano y la determinación del apoyo ciudadano y secciones requeridas para tal efecto, aprobados mediante acuerdo IEPC/CG-A/040/2020.

Durante la misma sesión el pleno aprobó la lista de municipios que serán sujetos al régimen de excepción para la captación de apoyo ciudadano de las y los aspirantes a candidaturas independientes a los cargos de Diputaciones por el principio de mayoría relativa o miembros de Ayuntamiento para el Proceso Electoral Local Ordinario 2021, salvaguardando los derechos político electorales de las personas en aquellos casos donde exista este impedimento material o tecnológico para recabar el apoyo ciudadano con la aplicación móvil o tecnológica.

El consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas, dijo que, en los municipios de excepción, las y los ciudadanos que aspiran obtener candidaturas independientes pueden recabar firmas de apoyo ciudadano de manera documental, es decir a través de fotocopias de credenciales para votar y escritos de manifestación de apoyo. “Es importantes recordar que, en 2018 hubo simulación en la obtención de esta documentación, y el IEPC inició procedimientos por los que incluso se anularon candidaturas, y ello fue validado por el TEPJF; por ello se exhorta a quienes aspiren a estas posiciones, a que respeten las reglas”.

Con esta aprobación, se podrán recabar firmas de apoyo ciudadano de manera documental, es decir a través de fotocopias de credenciales para votar y escritos de manifestación de apoyo, en virtud del catálogo de los 283 municipios del país con muy alto grado de marginación aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE), de los cuales, 34 corresponden al Estado de Chiapas.

Dichos municipios son: Ocosingo, Chilón, Las Margaritas, Chamula, Tila, Salto de Agua, Oxchuc, Simojovel, Tenejapa, Zinacantán, Chenalhó, Yajalón, San Juan Cancuc, Tumbalá, Altamirano, Las Rosas, Sabanilla, Huitiupán, El Bosque, Pantelhó, Amatán, Chalchihuitán, Sitalá, Maravilla Tenejapa, Ocotepec, Chanal, Pantepec, Mitontic, Amatenango del Valle, Totolapa, San Lucas, San Andrés Duraznal, Nicolás Ruíz y Santiago el Pinar.

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