México, D. F., 19 de febrero de 2015 (Círculo Digital).- El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la creación de la ley para prevenir, eliminar y sancionar la desaparición forzada y la cometida por particulares, que sanciona con cárcel y multas a personas y servidores públicos que incurran en este tipo de ilícitos.
Las penas van de 20 a 40 años de cárcel y una multa de 67 mil 290 a 100 mil 935 Unidades de Cuenta (equivalentes al salario mínimo y que representan más de 7 millones de pesos).
En el caso de los servidores públicos, también se sanciona con la destitución e inhabilitación definitiva a ejercer un cargo, empleo o comisión en la administración pública del gobierno del Distrito Federal.
La ley establece que las sanciones se incrementarán hasta en una mitad, sin que exceda el máximo de 70 años previsto para prisión en el Código Penal, cuando la víctima directa pierda la vida, se realicen acciones tendientes a ocultar el cuerpo, la víctima sea sometida a tortura, actos crueles, inhumanos, degradantes, lesiones o violencia sexual; sea menor de edad, mujer embarazada, mayor de 70 años o pertenezca a un grupo o comunidad indígena; sea testigo de hechos delictivos; sea inmigrante o se realice para ocultar o dejar impune otro delito.
El diputado local, Antonio Padierna Luna, refirió que según Amnistía Internacional, en el sexenio de Felipe Calderón, del 2006 al 2012, se han registrado más de 26 mil personas desaparecidas o extraviadas en México.
La nueva legislación otorga un plazo de 90 días hábiles después de su entrada en vigor -un día después de su publicación en la Gaceta Oficial- para crear el Sistema de Información de Víctimas de Desaparición a cargo de la Procuraduría General de Justicia (PGJ), la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
La nueva ley contempla brindar apoyo a las víctimas directas, indirectas y potenciales, así como a testigos de los delitos tipificados en la misma, reconociendo sus derechos y estableciendo las medidas necesarias para garantizar su protección.
Las víctimas recibirán la reparación integral del daño sufrido, que consiste en devolverles la situación económica anterior a la comisión de este delito, los costos de la rehabilitación física y mental por causa del mismo; compensación económica, entre otros.
Con esta nueva ley, se reducirá a dos meses el tiempo para realizar la declaratoria de ausencia por desaparición de una persona –que actualmente se lleva años en tribunales– a fin de que las víctimas indirectas, como cónyuges, padres o hijos, puedan disponer de los bienes de la persona desaparecida. (Con información de El Economista y La Jornada)
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