· Resultaron procedentes 12 mil 720 candidaturas, de las cuales 6 mil 500 son mujeres, 6 mil 217 son hombres, dos personas se autoadscriben como mujeres trans y una persona como no binaria.
· El registro de candidaturas incluye el principio constitucional de paridad y acciones afirmativas: declaración 3 de 3 contra la violencia de género, autoadscripción de género y cuotas de representación de personas indígenas y de las juventudes.
· Ante la improcedencia de algunas candidaturas, una coalición y partidos políticos, tendrán 48 horas para realizar ajustes y cumplir con la paridad, licencias, cuotas de juventudes y de representación indígena. Se otorgan 72 horas para realizar sustituciones de candidaturas indígenas.
El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó en sesión urgente, la procedencia de 12 mil 720 candidaturas: 6 mil 500 mujeres, 6 mil 217 hombres, dos mujeres trans y una persona no binaria, para la elección de Diputaciones locales de Mayoría Relativa y de Representación Proporcional, así como a miembros de 123 Ayuntamientos, que presentaron los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes del 21 al 29 de marzo, para contender durante la Jornada Electoral del 6 de junio.
Para la elección de miembros de Ayuntamiento, resultaron procedentes 11 mil 972 candidaturas, de las cuales, 96 son de planillas de 10 Candidaturas Independientes; 11 mil 8 son de las planillas de 14 partidos políticos; y 868, corresponden a las planillas de una Coalición, quedando tres requerimientos pendientes por subsanar.
Para la elección de Diputaciones locales por Representación Proporcional, se registraron 350 candidaturas, 175 propietarias y 175 suplentes; mientras que, para las Diputaciones locales por Mayoría Relativa, se registraron 398 candidaturas, 199 propietarias y 199 suplentes.
Luego de realizar una minuciosa revisión del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, el IEPC otorgará un plazo de 48 horas para que una coalición y partidos políticos realicen los ajustes correspondientes para cumplir a cabalidad con la paridad de género, con los requisitos para separación de cargos públicos (licencias), cuotas de juventudes y de representación indígena. De la misma forma, se otorga un plazo de 72 horas para realizar las sustituciones de candidaturas indígenas correspondientes.
El registro de candidaturas incluye el principio constitucional de paridad y acciones afirmativas: declaración 3 de 3 contra la violencia de género, autoadscripción de género y cuotas de representación de personas indígenas y de las juventudes.
Durante su intervención, el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas, resaltó que “se aprobó la lista de candidaturas más incluyente y progresista de la historia de Chiapas, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, observaron el mayor número de acciones afirmativas exigidas para garantizar espacios de representación política a los sectores más desaventajados de la sociedad”.
Señaló que uno de los aspectos más novedosos en los registros de candidaturas es la presentación del formato 3 de 3 contra la violencia política de género. “Se trata de una declaración presentada por las y los aspirantes, donde bajo protesta de decir verdad, manifestaron no estar en los supuestos de haber sido condenados o sancionados, mediante sentencia firme, por violencia familiar, delitos de índole sexual, y no ser deudores alimentarios”.
Recordó que el pasado 8 de marzo, el IEPC y el Poder Judicial del Estado (PJE) firmaron Convenio de Colaboración, a fin de intercambiar información sobre personas que solicitaron su registro a alguna candidatura y que se encuentren en los supuestos mencionados. “El intercambio de información permitió conocer que 26 aspirantes figuraban en los expedientes de Juzgados Familiares y Penales de Estado, sin embargo, el PJE confirmó que no existe sentencia definitiva en ninguno de los casos, por lo que todas las solicitudes de registro cumplen con la declaración 3 de 3 contra la violencia de género”.
Respecto a la autoadscripción de género, dos personas manifestaron ser mujeres trans y una no binaria, con lo que este Instituto ha garantizado los derechos de todas las personas.
Por otra parte, sobre la cuota de juventudes, el consejero electoral manifestó que para la elección de miembros de Ayuntamientos -personas de 18 a 29 años-, resultaron procedentes 3 mil 629 candidaturas, mientras que, las candidaturas a Diputaciones locales por Mayoría Relativa -personas de 21 a 29 años-, resultaron procedentes 88 registros y, para Representación Proporcional, resultaron procedentes 121 registros.
En lo referente al Principio de Paridad de Género, los partidos políticos y coaliciones observaron dicho requisito en sus tres vertientes, sin dejar de mencionar que para el caso de los partidos de reciente creación: Partido Popular Chiapaneco; Encuentro Solidario; Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, solo estaban obligados a observar la paridad desde sus dimensiones vertical y horizontal, por no existir datos referenciales de rentabilidad electoral del proceso de 2018.
Respecto al cumplimiento del requisito relacionado con la separación del empleo, cargo o comisión, el consejero Guillermo Rojo Martínez, presidente de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, señaló que el IEPC cotejó la información de las solicitudes de registro de candidaturas con la base datos de servidores estatales y federales electos en 2018, de lo cual, se pudo advertir que en su generalidad se dio cumplimiento a dicho requisito, salvo el caso de cuatro registros en donde no se entregó evidencia del cumplimiento de la separación del cargo o comisión.
Sobre el tema de la reelección o elección consecutiva, hay 35 postulaciones que resultaron procedentes para cargos relativos a miembros de Ayuntamientos -26 Presidencias Municipales y nueve a otros cargos-; mientras que cuatro solicitudes resultaron procedentes para Diputaciones locales.
Sobre la cuota de candidaturas de autoadscripción indígena a Presidencias Municipales, resultaron procedentes 303 postulaciones, mientras que, para otros cargos de miembros de Ayuntamiento, resultaron procedentes dos mil 857 postulaciones. Para las Diputaciones, proceden 350 candidaturas por Mayoría Relativa y 398 candidaturas por Representación Proporcional.
Debido a la falta de acreditación del vínculo comunitario, 214 postulaciones resultaron improcedentes: 20 a Presidencias Municipales, 183 para otros cargos municipales, diez a diputaciones por Mayoría Relativa y una postulación a diputación por Representación Proporcional.
Durante la sesión, se declaró improcedente la candidatura propietaria de la primera fórmula de la lista de candidaturas a Diputaciones por Representación Proporcional de un partido político. En otro caso, el instituto político solicitó retirar la autoadscripción indígena de la candidatura propietaria de su fórmula postulada para el distrito cinco; por lo tanto, se declaró procedente, pero no como persona indígena.
Ante la improcedencia de algunas candidaturas, una coalición y partidos políticos, tendrán 48 horas para realizar ajustes y cumplir con la paridad de género, licencias, cuotas de juventudes y de representación indígena. Se otorgan 72 horas para realizar sustituciones de candidaturas indígenas.
Las campañas políticas electorales tendrán una duración de 30 días, inician el 04 de mayo y concluyen el 02 de junio, durante este periodo las fuerzas políticas podrán dar a conocer sus propuestas a la ciudadanía.
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