Agencias / MonitorSur / Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó ordenar a la Sala Regional de Monterrey un recuento de los votos de 136 casillas del distrito 7 de San Luis Potosí en un plazo máximo de 48 horas, como lo había solicitado el Partido del Trabajo (PT).
Los magistrados tomaron esta decisión en una votación dividida de cuatro votos a dos y modificaron el proyecto del magistrado Manuel González Oropeza, que proponía ordenar el recuento dada la condición en la que se encuentra el PT.
“Lo que tratamos de dilucidar es si el PT merece perder su registro o no y creo que es un derecho del partido tratar de agotar todos los medios, porque no nada más es una institución, son ciudadanos a quienes en caso de cancelación de registro su derecho político se verá afectado.
“Bajo el interés superior de un partido de conservar su registro considero que sí se debe darle oportunidad al PT para que no haya duda si tiene o no ese porcentaje, porque está a unas centésimas de poder lograr su objetivo”, argumentó el magistrado González Oropeza.
El conteo distrital de votos realizado por el Instituto Nacional Electoral (INE) señala que el PT obtuvo el 2.9916 por ciento de la votación válida; el mínimo requerido para conservar el registro en de 3 por ciento.
Sin embargo, prevaleció la postura de los magistrados Flavio Galván, Esteban Penagos y María del Carmen Alanís, quienes señalaron que no puede interponer un recurso de reconsideración un partido que no presentó inicialmente un juicio de inconformidad por el mismo asunto.
El voto definitivo fue del magistrado presidente Constancio Carrasco, quien sin exponer sus motivos, apoyó a los tres magistrados que rechazaban conceder el recuento de las 136 casillas.
De haber votado con los magistrados González Oropeza y Salvador Nava -con quien suele coincidir en la mayoría de los asuntos que se determinan con sufragios divididos-, el presidente Carrasco Daza habría ganado la votación gracias al voto de calidad que le da su condición de cabeza del Tribunal y ante una conformación de sólo seis magistrados en la Sala Superior.
Durante la sesión que arrancó a las 22:30 horas de este 19 de agosto, la Sala Superior del TEPJF resolvió los últimos 15 recursos de reconsideración que interpuso el PT en su búsqueda de votos para alcanzar el 3 por ciento de la votación válida.
En otra de las resoluciones, la Sala Superior confirmó que para calcular la votación válida sólo hay que deducir de la votación total la registrada como votos nulos para candidatos no registrados.
Esta determinación echó por tierra la intención del PT de que se dedujera de esta suma el total de votos para candidatos independientes, algo que por sí solo habría hecho subir la votación válida del partido hasta el anhelado 3 por ciento, independientemente de las determinaciones en el resto de juicios interpuestos.
Hasta las 2:00 horas de este jueves, la sesión de la Sala Superior continuaba sin que se hubiese dado un pronunciamiento expreso de los magistrados respecto de si las determinaciones tomadas por las salas del Tribunal electoral habían modificado los resultados en forma suficiente como para permitir que el PT mantenga su registro como partido político nacional.
Será en definitiva el Consejo General del INE el que el próximo 23 de agosto asigne el número de diputaciones por representación proporcional y proceda a declarar en liquidación al PT en caso de que las modificaciones hechas por el tribunal sean insuficientes para llegar al 3 por ciento requerido por la ley electoral.
Con información de “REFORMA”
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