Pedro Gómez Bamaca ya no sabe ni que inventarse para no perder control y poder, ahora ha convocado, en plena pandemia y sin importarle la seguridad de sus compañeros maestros, a una movilización con el pretexto de la “supuesta” desaparición de la caja de ahorro y FABES, así como plazas de maestros que, según él, han sido congeladas.
Abundando más en el tema y leyendo los decretos publicados el pasado 07 de julio de 2020 en el Diario Oficial, claramente indican que se pretende regularizar normativamente el manejo de la caja de ahorro y FABES, planteando incluso la instalación de un comité de transparencia para el manejo de la caja de ahorros y que cada trabajador haga una solicitud, de manera libre y voluntaria, para pertenecer a la misma, toda vez que no tiene ninguna facultad de hacerles descuentos a los trabajadores de la educación, al menos que el mismo trabajador exprese su voluntad por escrito para los descuentos correspondientes.
Y es que como bien refiere la Publicación No. 0947-A-2020 en el Diario Oficial del Estado: Si bien los servicios ofertados por los referidos terceros pudiera ser concebido como una oportunidad de financiamiento en la obtención de recursos, también lo es que, ese supuesto beneficio en realidad no existe, por el contrario, en la mayoría de ocasiones los compromisos de pago son adquiridos bajo condiciones desventajosas para los acreditados, en razón a las tasas elevadas de interés que los acreditantes aplican, superiores incluso a las que cobran las instituciones bancarias, así como la incertidumbre que genera el plazo otorgado para el pago del crédito y su importe líquido mensual, dejándose en muchas ocasiones sujetos a plazos inciertos y/o prolongados que afectan severamente los ingresos de los trabajadores.
En la suscripción y ejecución de esos convenios o acuerdos de voluntades, también se ha omitido adoptar las medidas más adecuadas y eficaces para combatir irregularidades administrativas, lo que propicia prácticas fraudulentas en las que los trabajadores resultan afectados, ya que se obtienen y utilizan sus datos personales para la gestión de créditos a su nombre; además de que no se revisa el historial crediticio de los trabajadores ante las instancias correspondientes, por lo que éstos, en múltiples ocasiones obtienen más de un crédito que, sumándolos, afectan casi la totalidad de sus salarios, lo que es contrario a lo que disponen la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas, que establecen que el monto total de los descuentos no podrá exceder del 30% del importe del salario total, generando con ello sobreendeudamiento y un estado de insolvencia.
Asimismo, no debe perderse de vista que los trabajadores que acceden a los bienes, productos o servicios, en la mayoría de ocasiones no tienen acceso a los contratos de adhesión que suscriben, ni se les otorga copias autógrafas de los mismos, menos aún se les proporciona las tablas de amortizaciones, estados de cuenta, comprobantes de operación y demás documentación que las entidades financieras, intermediarios o terceros se encuentran obligadas a entregar.
Aspectos como los anteriores, desde luego, se alejan de la licitud que todo acuerdo de voluntades debe contener, toda vez que ningún convenio, de la naturaleza que éste sea, puede estar por encima de los derechos fundamentales de los trabajadores y de las propias leyes laborales, conllevando esto, a la generación de constantes quejas y reclamos de los trabajadores que se ven afectados en su salario por los descuentos en porcentajes superiores a los que permite la ley, puesto que no existe un control puntual sobre la información que se requiere para realizar los descuentos, deducciones y/o retenciones.
Ante toda esta problemática, se encuentran además las continuas recomendaciones que las instancias encargadas de la protección y defensa de los usuarios de los servicios financieros han tenido emitir a las Entidades Federativas para regular dichos convenios y la actuación de cada una de las partes involucradas en los mismos. De igual forma, se ha observado que la aplicación de descuentos en porcentajes mayores a los que las leyes laborales establecen, perjudica el derecho de los acreedores alimentarios cuando solicitan la ejecución de las resoluciones pronunciadas en contra de los trabajadores, en controversias del orden familiar.
Por todo lo anterior y para prevalecer las normas protectoras del salario que consagran la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Servicio Civil del Estado y Los Municipios de Chiapas, así como las disposiciones en materia de transparencia, pero sobre todo, con el propósito de evitar el detrimento patrimonial de los trabajadores al servicio del Estado, su sobreendeudamiento e insolvencia, que daña indefectiblemente la calidad de vida, la salud y estabilidad familiar, es que se estimó necesario adoptar medidas jurídicas indispensables.
Por supuesto, a Pedro Gómez Bamaca no le convienen estas importantes medidas pues lo traduce como pérdida de control y poder con sus agremiados, por eso es que ahora está buscando incitar a una movilización, disfrazada de jornada de lucha, mediante la que pretende victimizar a sus intereses personales y no la de sus compañeros maestros, cuando en realidad, el gobierno estatal solo pretende garantizar la seguridad y estabilidad de los trabajadores al servicio del Estado.
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