Redacción
Ciudad de México, 23 enero 2018.-Los medios de comunicación mexicanos tendrán que reconocer el derecho de réplica de los ciudadanos ante la divulgación de informaciones falsas, refrendó la Suprema Corte Suprema de Justicia de la Nación (SCJN).
En votación mayoritaria los ministros de la SCJN declararon constitucional una ley al respecto, aunque señaló que los medios estarán obligados a respetar el derecho de réplica de los ciudadanos cuando la información publicada en un medio sea ‘falsa o inexacta’.
El ministro ponente Laynez Potisek destacó que el derecho de réplica es una herramienta para garantizar a una persona agraviada por información incorrecta o manipulada la oportunidad de que su versión de los hechos también se publique.
Según el juez, su objetivo no es eliminar la información original ni que exista una declaración de cuál es la información verídica.
Laynez dijo que no se trata de una sanción al medio de comunicación, pues no se le exige una disculpa, retractarse de la información original, ni tampoco se le imponen sanciones. Simplemente implica que tendrá que publicar la versión alternativa.
La Corte concluyó que la réplica no aplica para la información cierta, aun cuando ésta ocasione un agravio.
El tema no se dio por terminado, pues los ministros continuarán el debate para determinar, entre otras cuestiones, si es necesario probar un agravio, así como quienes son los sujetos obligados a a otorgar una réplica, conforme a la Ley.
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