Redacción
Foto:Cuartoscuro
Ciudad de México, 3 agosto 2018.-El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó, por unanimidad de votos, sancionar a Javier Corral Jurado, gobernador de Chihuahua, y a Miguel Ángel Mancera Espinosa, exjefe de Gobierno de la Ciudad de México, por el uso indebido de la pauta en la difusión de diversos spots durante el pasado proceso electoral.
De acuerdo a un comunicado del Tribunal Electoral se revocó la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada donde se declaran inexistentes las infracciones atribuidas al PAN.
La Sala Superior determinó que en dichos promocionales impugnados, transmitidos en el periodo de campaña electoral, Javier Corral y Miguel Ángel Mancera expresan las cualidades y apoyo al expresidenciable Ricardo Anaya, lo que transgrede el orden constitucional y legal.
Los magistrados resolvieron que si bien el mensaje denunciado no solicitaba en forma expresa el voto a favor de Anaya Cortés, ni aludía a la plataforma electoral de éste, la aparición de los servidores públicos tuvo un impacto en la equidad de la contienda; además, de faltar al deber de abstención durante el proceso comicial.
“Los spots fuerons difundidos en radio y televisión dentro del tiempo constitucional y legalmente asignado por el INE a uno de los partidos políticos que integraron la coalición denominada ‘Por México al Frente'”, informó el TEPJF.
Sin embargo, explicó que los funcionarios que ocupen la titularidad del Poder Ejecutivo en alguno de sus tres niveles de gobierno, tienen que abstenerse de realizar opiniones o expresiones que puedan impactar en los comicios.
Ante la revocación de la resolución dictada por la Sala Regional Especializada, el Tribunal Electoral procederá a calificar la falta subsistente, así como determinar lo que en Derecho corresponda respecto a la responsabilidad de los implicados.
El pasado 11 de mayo, el PRI interpuso un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador ante el TEPJF, donde argumentó que la Sala Regional Especializada llevó a cabo un análisis deficiente.
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